Equipo marítimo y certificaciones de botes

Equipo marítimo y certificaciones de botes

 

Certificaciones de embarcaciones en Europa (marca CE)

La Unión Europea creó en 1998 una Directiva sobre embarcaciones de recreo que establece normas de diseño para la mayoría de las embarcaciones de recreo de 2,5 a 24 metros (8 a 79 pies). Las embarcaciones nuevas y usadas vendidas en Europa -incluidas las construidas en cualquier otra parte del mundo- para su exportación a Europa, salvo cláusulas de exención, deben estar certificadas como conformes con una de las cuatro categorías de diseño.

 

La cuantificación del grado de navegabilidad de una embarcación depende de una serie de factores definidos en el reglamento. Cuanto más lejos de la costa se prevea que vaya a navegar el buque, mayores serán las expectativas en cuanto a resistencia de construcción, estabilidad, francobordo, flotabilidad de reserva, resistencia a la inundación, drenaje de cubierta y otros criterios generales de navegabilidad. Se decidió basar la clasificación en la altura de las olas y la velocidad del viento que la embarcación está diseñada para encontrar y tolerar sin fallos. Las siguientes cuatro categorías de diseño ayudan a organizar los tipos de embarcaciones:

Categorías de certificación del marcado CE en Europa:

Certificación CE Categoría A - Océano: cubre embarcaciones en gran medida autosuficientes diseñadas para viajes prolongados con vientos de más de Fuerza Beaufort 8 (más de 40 nudos), y alturas de ola significativas superiores a 13 pies, pero excluyendo condiciones anormales como huracanes.

Certificación CE Categoría B - Offshore: incluye embarcaciones que operan en alta mar con vientos de hasta 40 nudos y olas de altura significativa de hasta 13 pies.

Certificación CE Categoría C - Costera: para embarcaciones que navegan en aguas costeras y grandes bahías y lagos con vientos de Fuerza 6, hasta 27 nudos, y mares de 7 pies de altura.

Certificación CE Categoría D - Aguas interiores o costeras protegidas: para embarcaciones en pequeños lagos y ríos con vientos de hasta Fuerza 4 y olas de altura significativa de hasta 18 pulgadas.

A mayor peso, menor estabilidad, lo que sitúa a la embarcación en la categoría inmediatamente inferior. Dado que el número de personas a bordo puede afectar a la navegabilidad de una embarcación, al cambiar el número de personas en la embarcación también cambia su categoría, ya que más personas a bordo aumentan el peso y el riesgo de que los dispositivos de salvamento sean insuficientes. En el caso de un aumento de pasajeros sin el correspondiente aumento de tripulantes cualificados para el salvamento STCW, no hay suficientes manos capacitadas para asistir a los pasajeros en caso de emergencia. Aunque las normas europeas ayudan a separar las embarcaciones puramente costeras de las capaces de operar con seguridad en condiciones más exigentes, no son garantía de que una embarcación sea adecuada en todos los aspectos para las condiciones de su categoría designada.

Certificaciones de embarcaciones en el Reino Unido (UKCA antes CE)

Para que una embarcación cumpla los requisitos de la CE o de la UKCA, debe matricularse:

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  • Un número de identificación del casco (HIN), también conocido como número de identificación de la embarcación (CIN).
  • Placa de identificación con la categoría UKCA/CE y la carga máxima autorizada.
  • Un manual del propietario completo de la embarcación en cuestión, o un manual personalizado para embarcaciones de producción artesanal/por lotes
  • Una declaración de conformidad UKCA/CE facilitada por el importador, el constructor de la embarcación o el astillero

EMBARCACIONES EXENTAS DE LA UKCA

No todas las embarcaciones requieren el marcado UKCA o CE. Por ejemplo, están exentas las embarcaciones en funcionamiento en países de la UE/EEE antes del 30 de junio de 1998, así como las embarcaciones construidas exclusivamente para uso personal. Otros tipos de embarcaciones que no están sujetas al registro futbolístico o al marcado de certificación de seguridad incluyen "hidroplaneadores, canoas tradicionales, pedalos, kayaks, tablas de surf a vela, embarcaciones históricas, embarcaciones de carreras y góndolas."

Certificación de embarcaciones en el Reino Unido tras el Brexit

El Reino Unido siguió permitiendo las embarcaciones de recreo con marcado CE en su propio mercado hasta finales de 2022 (Prorrogado 12 meses desde la fecha límite original 01/01/2022).  Después de esa fecha, el marcado UKCA será obligatorio para el mercado británico, salvo las embarcaciones exentas.

Certificaciones de embarcaciones en EE.UU. (NMMA Y ABYC)

La versión americana más popular de las normas y recomendaciones UKCA o CE fueron enunciadas y siguen siendo mantenidas por el American Boat and Yacht Council, pero son estrictamente voluntarias. La certificación americana NMMA, también voluntaria, sólo exige alrededor del 70% de las normas recomendadas por el ABYC.

Una distinción crucial de las clasificaciones CE no existe en las clasificaciones ABYC. En su lugar, se utilizan categorías de diseño para diferenciar entre embarcaciones de distintas capacidades.  En cualquier caso, la mayoría de los constructores estadounidenses de calidad siguen las normas ABYC y muchos (prácticamente todos los exportadores) superan las exigidas por la NMMA.

Requisitos mínimos de los guardacostas estadounidenses

Como resultado de las normas voluntarias del ABYC, las embarcaciones vendidas en EE.UU. no están sujetas al requisito de calificación CE, sino que sólo deben cumplir unas pocas normas mínimas del Servicio de Guardacostas de EE.UU., que se refieren a la capacidad de carga de las embarcaciones de menos de 26 pies y al nivel de flotación en caso de inundación de las embarcaciones de 20 pies o menos, así como a los elementos de seguridad obligatorios, como los PFD y las bengalas.

Certificaciones de embarcaciones en Turquía (CE, norma europea)

Para matricular una embarcación nueva en Turquía es necesario que disponga de un certificado de conformidad CE (Europa). También deben entregarse en la oficina de matriculación las facturas de los chalecos salvavidas y los extintores. Las capitanías de los puertos turcos se reservan el derecho de impedir la salida al mar de cualquier embarcación considerada no apta para navegar.